CORONAVIRUS | ¿Quién tiene que ir a trabajar durante el estado de alarma?
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado que las actividades consideradas no esenciales en el decreto del estado de alarma aprobado el pasado 14 de marzo permanecerán paralizadas del 30 de marzo al 9 de abril. Esta medida pretende reducir todavía más la movilidad y por lo tanto frenar el contagio de coronavirus.
Del 30 de marzo al 9 de abril, todas aquellas personas que trabajen en una actividad no esencial deberán quedarse en casa.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado esta nueva medida para hacer frente a la pandemia del coronavirus. Además, ha comunicado que todos los trabajadores afectados tendrán un permiso retribuido "recuperable" durante todo el tiempo, es decir, recibirán su salario y cuando pase este tiempo, podrán recuperar las horas.
El objetivo es rebajar de forma significativa la movilidad, pero también reducir el colapso sanitario en los hospitales, donde actualmente hay 4.575 personas ingresadas en UCI en toda España.
A falta de concreción en el Consejo de Ministros extraordinario, las actividades consideradas no esenciales son aquellas que aparecen en el decreto del estado de alarma aprobado el pasado 14 de marzo:
- Deberán permanecer cerrados los bares y restaurantes, y todos aquellos establecimientos como discotecas, instalaciones culturales, de ocio, recintos deportivos, parques de atracciones, auditorios.
- Se paraliza toda la actividad industrial en sectores no considerados esenciales para luchar contra la epidemia, o la construcción.
- Se prohíben las celebraciones como verbenas, desfiles, fiestas populares.
Por otro lado, las actividades consideradas esenciales son:
- Los negocios de provisión de alimentos
- Farmacias y establecimientos de productos de primera necesidad
- Centros y servicios sanitarios
- El transporte para garantizar el abastecimiento alimentario
- Actividades de abastecimiento y de suministro de energía eléctrica, de productos derivados del petróleo (gasolineras) y gas natural
- Operadores críticos de servicios esenciales como las telecomunicaciones y los medios de comunicación
- El transporte público seguirá funcionando, aunque con restricciones.
Esto también puede detallarse en un listado. Si tu trabajo no aparece, deberás acogerte a la nueva medida anunciada por el Gobierno:
Cultivos perennes, cultivos no perennes, propagación de plantas, producción ganadera, producción agrícola combinada con la producción ganadera, actividades de apoyo a la agricultura, ganadería y de preparación posterior a la cosecha, silvicultura y otras actividades forestales, explotación de la madera y recolección de productos silvestres, excepto madera.
Servicios de apoyo a la silvicultura, pesca, acuicultura, procesado y conservación de carne y elaboración de productos cárnicos, procesado y conservación de pescados, crustáceos y moluscos, procesado y conservación de frutas y hortalizas, fabricación de aceites y grasas vegetales y animales, fabricación de productos lácteos, fabricación de productos de molinería, almidones y productos amiláceos, fabricación de productos de panadería y pasta alimenticia, fabricación de otros productos alimenticios, fabricación de productos para la alimentación animal y fabricación de bebidas.
Reparación e hilado de fibras textiles, fabricación de tejidos textiles, acabado de textiles, fabricación de artículos confeccionados con textiles, excepto prendas de vestir, fabricación de cuerdas, cordeles y redes, fabricación de telas no tejidas excepto prendas de vestir, fabricación de otros productos textiles de uso técnico e industrial, confección de ropa de trabajo, confección de otras prendas de vestir y accesorios, fabricación de calzado, aserrado y cepillado de la madera, fabricación de envases y embalajes de madera.
Fabricación de pasta papelera, papel y cartón, fabricación de papel y cartón ondulados, fabricación de artículos de papel y cartón para uso doméstico, fabricación de productos químicos básicos, fabricación de pesticidas y otros productos agroquímicos, fabricación de pinturas, barnices y revestimientos similares, fabricación de jabones, detergentes y otros artículos de limpieza, fabricación de productos farmacéuticos de base, fabricación de especialidades farmacéuticas, fabricación de otros productos de caucho, fabricación de placas, hojas, tubos y perfiles de plástico, fabricación de vidrio hueco, fabricación de equipos de radiación, electromédicos y electroterapéuticos, fabricación de instrumentos y suministros médicos y odontológicos y reparación de productos metálicos, maquinaria y equipos.