Estado de alarma: Qué se puede hacer y qué no a partir del 27 de abril
El Gobierno anunciaba este fin de semana una nueva prórroga del estado de alarma por la crisis del coronavirus, que se extenderá hasta el 9 de mayo, aunque comienza a hacer algunas excepciones, como es el caso de los niños. Pero, ¿qué se puede hacer y qué no a partir del 27 de abril?
Muchos esperaban que en la comparecencia del presidente del Gobierno este fin de semana, Pedro Sánchez anunciara la prórroga del estado de alarma hasta el 9 de mayo, pero también unas posibles medidas excepcionales para los niños, poder salir a hacer deporte y otras peticiones de varios sectores de la población.
Sin embargo,de momento la única excepción será en el caso de los niños, ya que anunció que a partir del 27 de abril, los menores de 12 años podrán empezar a salir de casa "un rato al día" de forma controlada para evitar contagios. "No podemos ponernos en riesgo con decisiones precipitadas. Debemos lograr más avances antes de entrar en la siguiente fase, la desescalada y la transición hacia la nueva normalidad", comentaba Sánchez, que concluía "no es posible levantar las medidas y pasar a la siguiente fase".
Hasta ahora, solo podían hacerlo dentro de los supuestos recogido en el Real Decreto 463/2020, que regula las medidas de confinamiento: "Durante la vigencia del estado de alarma, las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público para la realización de las siguientes actividades, que deberán realizarse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores, o por otra causa justificada".
LOS MENORES DE 12 AÑOS, PODRÁN SALIR
Según este Real Decreto 463/2020, hasta ahora los menores podían acompañar a sus padres a comprar, dentro de las restricciones impuestas a esta actividad (supermercados, farmacias o primera necesidad), y solo en el supuesto de que se quedaran solos en casa.
Sin embargo, a partir del próximo lunes, los niños podrán salir "un rato al día". En la comparecencia, Sánchez no ha precisado a qué rango de edades se aplicará esta medida, aunque la referencia serán los 12 años que marca la ley de salud pública.
¿CUÁNTO TIEMPO PODRÁN SALIR A LA CALLE?
En cuanto al tiempo que podrán salir los menores a pasear, acompañados de un adulto dependiendo de su edad, no se decidirá hasta que llegue el día de adoptar la medida. Será el comité científico el que decida finalmente, tras escuchar a los expertos y presidentes de las Comunidades Autónomas, con los que se reúne el Gobierno este martes.
LOS RUNNERS NO PODRÁN SALIR
Sin embargo, el Gobierno se ha mostrado cauteloso respecto a la adopción de otras medidas: "Los pasos tienen que ser progresivos y tener las máximas precauciones", apuntaba Sánchez. Por tanto, los adultos no podrán salir a la calle a hacer deporte, como se pedía desde varios colectivos.
PRÓRROGA DEL ESTADO DE ALARMA HASTA EL 9 DE MAYO
El Consejo de Ministros acordará este martes 21 de abril la solicitud al Congreso una nueva prórroga del estado de alarma, que debe ser aprobada por mayoría el miércoles.
¿EN QUÉ SUPUESTOS SE PUEDE SALIR O NO A LA CALLE?
Hasta que se cierren los supuestos en el caso de los menores de 12 años, solo se podrá salir de casa en los siguientes casos:
- Compra de alimentos, medicamentos u otros productos de primera necesidad- Ir al trabajo y regresar al lugar de residencia
- Visitar al médico o ir al hospital
- Cuidado de mayores, menores, personas dependientes, con discapacidad o especialmente vulnerables. Fuera de estos casos, no se pueden realizar visitas a amigos o familiares.
- Visitar entidades financieras y de seguros
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad
- Sacar a pasear al perro de forma individual y siguiendo unos parámetros concretos que puedes consultar aquí
- Bodas o entierros, se pueden celebrar pero con condiciones muy concretas que hay que consultar y manteniendo siempre los protocolos sanitarios para evitar aglomeraciones
- Los conductores pueden ir acompañados de otras personas siempre y cuando "vaya como máximo una persona por cada fila de asientos, manteniéndose la mayor distancia posible entre los ocupantes", y solo los supuestos recogidos por el Real Decreto.
¿QUÉ COMERCIOS ESTARÁN ABIERTOS?
La hostelería permanecerá cerrada (excepto para pedir comida a domicilio), y los negocios que permanecerán abiertos, son los siguientes:
- Tiendas de alimentación y bebidas- Droguerías
- Establecimientos médicos y sanitarios
- Farmacias
- Ópticas y ortopedias
- Gasolineras
- Quioscos de prensa y papelerías
- Estancos
- Tintorerías y lavanderías
- Las peluquerías podrán solo a domicilio
- Equipos tecnológicos y de telecomunicaciones
- Locales de alquiler de vehículos (pero solo para uso profesional o para devolver coches alquilados antes del 19 de marzo)
- Tiendas de alimentos para mascotas
- Clínicas veterinarias
- La venta 'online' regulada por el Ministro de Transportes