Los menores de 14 años podrán salir de casa para acompañar a adultos a comprar, pero no a pasear ni ir al parque para evitar contagios
La portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, ha anunciado que los menores de 14 años podrán salir de casa a partir del 27 de abril para acompañar a los adultos al supermercado, a la farmacia o al banco. En ningún caso podrán pasear o jugar en los parques, para evitar los contagio de coronavirus.
La portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, ha avanzado que los menores de catorce años podrán a partir del 27 de abril acompañar a un adulto en las actividades que ya permite el estado de alarma, como ir al supermercado, a la farmacia o al banco.
En todos los casos tendrán que ir acompañados por un adulto con el que convivan para no romper la cadena de contagio y bajo ningún concepto podrán salir a pasear o a jugar en un parque.
Se trata de la primera medida que supone un alivio parcial del confinamiento, que prioriza evitar un hipotético retroceso en el avance del virus.
¿EN QUÉ CASOS SE PUEDE SALIR A LA CALLE?
- Compra de alimentos, medicamentos u otros productos de primera necesidad
- Ir al trabajo y regresar al lugar de residencia
- Visitar al médico o ir al hospital
- Cuidado de mayores, menores, personas dependientes, con discapacidad o especialmente vulnerables.
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad
- Sacar al perro de forma individual y siguiendo unos parámetros concretos que puedes consultar aquí
- Los conductores pueden ir acompañados de otras personas siempre y cuando "vaya como máximo una persona por cada fila de asientos, manteniéndose la mayor distancia posible entre los ocupantes", y solo los supuestos recogidos por el Real Decreto.