Reggaeton Beach Festival: Consumo abre expediente por primera vez a un festival por prohibir entrar con comida o bebida
Por primera vez, el Ministerio de Consumo ha abierto un expediente sancionador a una empresa organizadora del de eventos y festivales, la del Reggaeton Beach Festival, por incluir como cláusula obligatoria la prohibición expresa de entrada al recinto del festival con comida o bebida del exterior.
El Reggaeton Beach Festival de Madrid, cancelado definitivamente un día antes de su inicio
Está claro que no es el año del Reggaeton Beach Festival.
Su edición el pasado julio ubicada en la capital madrileña finalmente no pudo celebrarse, a falta del visto bueno por parte del Ayuntamiento de Madrid, y sus asistentes se vieron con el evento cancelado a un día de su fecha de inicio.
Ahora, un nuevo titular trae malas noticias para la organización del festival. El Ministerio de Consumo ha abierto por primera vez un expediente sancionador una empresa organizadora del de eventos y festivales, la del Reggaeton Beach Festival, por incluir como cláusula obligatoria la prohibición expresa de entrada al recinto del festival con comida o bebida del exterior.
En un comunicado, el Ministerio explica que la compañía, cuyo nombre no cita, permite en cada uno de los festivales que organiza acceder solo con determinada comida y bebida: botella de agua pequeña, pieza de fruta, sándwich o snack precintado.
En otro apartado, los organizadores advierten a los asistentes de que no se aceptarán bocadillos o comida casera precintados con papel de plata o film. Además, la compañía se reserva la posibilidad de registrar a los asistentes y, en su caso, denegarles la entrada al evento por este motivo.
Las infracciones y posibles multas a DQC Norte AIE, la empresa organizadora del Reggaeton Beach Festival
Fuentes de la organización de consumidores FACUA han concretado que se trata de la empresa DQG Norte AIE, organizadora del Reggaeton Beach Festival, que tiene lugar en once ciudades españolas y que el expediente se ha abierto a raíz de una denuncia de su organización.
FACUA señala que ya denunció a dicha empresa ante las autoridades de protección a los consumidores autonómicas por impedir el acceso a los recintos con comida o bebida. Por su parte, el Ministerio de Consumo explica que también se está investigando el sistema de pago a través de pulseras cashless(pago distinto al metálico), que este organizador incluye en aquellos eventos que están ya a la venta con el objetivo de evitar el uso de dinero metálico.
Este sistema, según Consumo, es la única forma de pago admitida dentro del recinto del festival, y la devolución y reeembolso de la cantidad sobrante no se admite por debajo de 2 euros debido a los gastos de gestión que ascienden a 1,5 euros. En este caso, Consumo entiende podría producirse una infracción al ser consideradas cláusulas abusivas, además de la negativa a aceptar el pago en efectivo.
Las sanciones previstas para estas infracciones pueden llegar a considerarse como infracciones graves o muy graves, y sancionarse con multas de entre 10.001 y 100.000 euros, en el caso de las graves, y entre 100.001 y 1.000.000 de euros, en el caso de las muy graves.
Si el beneficio ilícito obtenido por las prácticas infractoras superara dichas cantidades, las sanciones que se impongan podrían alcanzar entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido para las infracciones graves, y entre seis y ocho veces el beneficio ilícito obtenido en el caso de las muy graves.